mi_futuro

Fondo para la Financiación de la Educación Superior de los mejores bachilleres de Estratos 1, 2 y 3 de Bogotá.

Convocatoria Primer Semestre de 2009 -Inicia: 20 de octubre de 2008 a 28 de Noviembre de 2008

Junta del Fondo de Financiación para asignación de Créditos: 5 de Diciembre de 2008

Publicación de Resultados y legalización de matrículas: 10 de Diciembre de 2008 a 30 de enero de 2009

icetexLa Secretaría de Educación del Distrito tiene como uno de sus propósitos estimular la excelencia académica de los y las mejores bachilleres de menores recursos del Distrito Capital,  apoyando la financiación de estudios superiores técnicos, tecnológicos o universitarios de su elección a través de crédito blando, condonable y parcialmente reembolsable, a través del FONDO PARA LA FINANCIACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR DE LOS MEJORES BACHILLERES DE ESTRATOS 1, 2 y 3 DE BOGOTÁ D. C., creado por el Concejo de Bogotá mediante el Acuerdo Distrital Número 37 de 1999 y modificado por el Acuerdo 273 de febrero de 2007 del Concejo de Bogotá.

Para apoyar este propósito de ciudad, la Secretaría de Educación del Distrito ha suscrito convenios con 22 Instituciones de Educación Superior a través de las cuales el o la joven interesado(a) en acceder a este nivel de la educación puede seleccionar el programa de su predilección. Ellas son:

1. Universidad Distrital “Francisco José de Caldas”
2. Universidad Pedagógica Nacional
3. Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca
4. Universidad Nacional
5. Universidad de los Andes
6. Universidad del Rosario
7. Pontificia Universidad Javeriana
8. Universidad Externado de Colombia
9. Universidad Santo Tomás
10. Universidad de la Salle
11. Universidad Jorge Tadeo Lozano
12. Escuela Colombiana de Ingeniería.
13. Corporación Universitaria de Ciencias Aplicadas y Ambientales UDCA
14. Escuela Colombiana de Carreras Industriales
15. Universidad EAN
16. Fundación Universitaria Panamericana
17. Politécnico Grancolombiano
18. Universidad de la Sabana
19. Universidad Libre
20. Universidad Sergio Arboleda
21. Corporación Escuela de Artes y Letras
22. Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD

Estudios Financiables

El Fondo financiará mediante crédito condonable y parcialmente reembolsable un (1) programa de pre-grado por beneficiario, en las modalidades Técnica, Tecnológica y Universitaria que inicie desde el primer año o semestre y por el tiempo normal establecido y certificado por la Institución de Educación Superior para culminar el programa académico seleccionado por el beneficiario.

El componente condonable permite que hasta el 70% del monto del crédito no sea cancelado por el beneficiario, si cumple con tres condiciones:

. Excelente rendimiento académico a lo largo de tus estudios.
. Obtiene el título del programa de educación técnica, tecnológica o profesional.
. Presta servicio de pasantía social.

El porcentaje reembolsable del crédito, es decir, el equivalente al 30% del valor del crédito deberá ser cancelado por  el beneficiario a favor del Fondo Distrital a través del Administrador del Fondo, ICETEX o quien haga sus veces.


Rubros y Montos a Financiar

El Fondo de la Secretaría de Educación Distrital financiará los siguientes rubros:

1. Hasta once (11) SMMLV por semestre con destino al pago de la Matrícula certificada por la Institución de Educación Superior.

Atendiendo la prioridad por estrato que establece el Acuerdo 273 de 2007, reglamentada a través de la Resolución No. 2732 del 4 de julio de 2007 de la Secretaría de Educación del Distrito Capital, la financiación de estudios superiores será:

a. Para estudiantes de estrato uno (1) la financiación será del 100% del valor máximo de la matrícula financiada por el Fondo y certificada por la Institución de Educación Superior.

b. Para estudiantes de estrato dos (2) la financiación será del 95% del valor máximo de la matrícula financiada por el Fondo y certificada por la Institución de Educación Superior.

c. Para estudiantes de estrato tres (3) la financiación de la matrícula será del 90% del valor máximo de la matrícula financiada por el Fondo y certificada por la Institución de Educación Superior.

2. El equivalente en pesos a un (1) salario mínimo mensual legal vigente por período semestral para textos y materiales de estudio.

3. El equivalente en pesos a un (1) salario mínimo mensual legal vigente por período semestral para servicio de transporte.

Los rubros a financiar por concepto de textos y materiales de estudio y servicio de transporte, son opcionales, y el aspirante al crédito deberá registrar su solicitud en el Formulario del Aspirante cuando aplique al crédito. Si son requeridos por el aspirante al crédito, dichos rubros formarán parte del crédito asignado al beneficiario, por lo que es constitutivo de su saldo final.

El Fondo no financiará cursos de extensión, nivelación, vacaciones, materias de nivelación o avance o de cualquier naturaleza similar, ni períodos académicos adicionales a los originalmente programados.

4. Prima de garantía equivalente al 1% del monto del crédito con cargo al valor del crédito aprobado.


Asignación Presupuestal Por Modalidad Educativa

Los recursos del Fondo Distrital para la financiación de la Educación Superior de que tratan los Acuerdos 37 de 1999 y 273 de 2007 y Resolución número 2732 de julio de 2007 se distribuirán en las modalidades de educación técnica, tecnológica y universitaria, en la siguiente forma:

1. Hasta el 10 % del total de los recursos del Fondo, se destinará a la financiación de los costos educativos en la modalidad de educación técnica conforme a los rubros y montos establecidos.

2. El 40% del total de los recursos del Fondo, se destinará a la financiación de los costos educativos en la modalidad de educación tecnológica conforme a los rubros y montos establecidos.

3. El 50% del total de los recurso del Fondo, se destinará a la financiación de los costos educativos en la modalidad de educación universitaria. conforme a los rubros y montos establecidos.

Si la utilización de los fondos destinados a cada modalidad, en un semestre no se cubre totalmente, los recursos sobrantes serán utilizados en la modalidad educativa que mayor demanda haya presentado en el mismo período.


Requisitos para Inscripción a la Convocatoria

1. Ser egresado de Colegio Oficial Distrital, Oficial en Concesión o de Colegio Privado en convenio con la Secretaría de Educación del Distrito Capital.

2. Ser estudiante de grado 11 de  Colegio Oficial Distrital, Oficial en Concesión o de Colegio Privado en convenio con la Secretaría de Educación del Distrito Capital.

3. Ser estudiante de grado 11 del programa de Articulación de la Educación Media con la Educación Superior en Colegios Oficiales de Bogotá.

4. Pertenecer al estrato socioeconómico uno (1), dos (2) o tres (3).

5. Haber presentado la Prueba de Estado ICFES.

6. Acreditar domicilio en Bogotá D. C. durante los últimos tres (3) años anteriores a la fecha del grado.

7. Estar en proceso de admisión o ser admitido en alguna de las Instituciones de Educación Superior en convenio con la Secretaría de Educación Distrital.

8. Contar con un Deudor solidario aprobado de conformidad con los procedimientos establecidos por el Fondo Distrital.

9. Suministrar toda la información solicitada en los Formularios del Deudor Solidario y del Aspirante.


Documentos requeridos

Los y las jóvenes a quienes se les adjudica un crédito educativo deben presentar a las respectivas Instituciones de Educación Superior en las fechas establecidas en la convocatoria los siguientes documentos:

1. Diploma de grado como bachiller o documento que lo acredite, en cuyo caso debe estar autenticado ante notaría.

2. Factura de los últimos tres meses de servicios públicos domiciliarios (agua, energía, teléfono o gas) del lugar de residencia del aspirante al crédito.

3. Copia del resultado de la prueba de estado ICFES.

4. Certificados de notas de los grados 9º. a 11 expedido por el colegio.

5. Formulario de solicitud de crédito del aspirante diligenciado electrónicamente de conformidad con  los términos de la convocatoria.

6. Formulario del Deudor Solidario aprobado y diligenciado electrónicamente de conformidad con  los términos de la convocatoria.

7. Certificado de admisión a la Institución de Educación Superior donde cursará sus estudios técnicos, tecnológicos o profesionales o copia de la orden de matrícula.

8. Fotocopia del Documento de Identificación o contraseña si es menor de edad.

9. Certificado de cuenta bancaria expedida por la entidad respectiva para quienes hayan aplicado a textos y materiales de estudio y servicio de transporte.

Los documentos se entregan en este orden a la respectiva Institución de Educación Superior dentro del plazo establecido en la respectiva convocatoria para la legalización del crédito adjudicado.


Condiciones de Uso del Crédito

1. El crédito sólo se otorgará a estudiantes que vayan a comenzar sus estudios de pregrado (profesional, tecnológico o técnico) desde primer semestre.

2. El crédito se otorga a los bachilleres egresados del Sistema Educativo Oficial de Bogotá de los años 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007 ó 2008.

3. El crédito se aplica a los programas de formación técnica, tecnológica o universitaria certificada por la respectiva Institución de Educación Superior y de acuerdo con el programa para el cual fue adjudicado el crédito.

4. El crédito esta dirigido a bachilleres de los estratos socioeconómicos 1, 2 y 3.


Forma de Pago

1. El plazo ordinario de amortización del crédito es de doce (12) años con un periodo muerto de tres (3) años (no genera intereses) contados a partir de la terminación del último periodo académico.

2. El crédito otorgado generará una tasa de interés corriente equivalente al Índice de Precios al Consumidor y se liquidará mes vencido sobre saldo de capital adeudado.

3. Durante el periodo financiado el estudiante no cancela intereses ni capital del crédito adjudicado.

INFORMACIÓN:
Secretaría de Educación de Bogotá
Telefono PBX: 3241000 extensiones 2132 - 4341 – 2139
www.sedbogota.edu.co
www.redacademica.edu.co
tvisbal@sedbogota.edu.co - cpenagos@sedbogota.edu.co - mvaron@sedboota.edu.co

salucoopConvenio Fondo SED - Saludcoop
El Fondo de Educación Superior Saludcoop en convenio con la Secretaría de Educación del Distrito, otorga créditos condonables para carreras técnicas o tecnológicas a estudiantes graduados en colegios distritales o colegios cooperativos de la ciudad de Bogotá. La convocatoria para primer semestre de 2009, vía internet, va del 20 de octubre de 2008 al 12 de diciembre de 2008.
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becas2Convocatoria becas Universidad Libre  - Universidad de América Para el primer semestre de 2009
La Secretaria de Educación del Distrito Capital en su interés de brindar a las y los jóvenes de Bogotá alternativas y oportunidades para continuar su proceso de formación en educación superior, en el marco de “Bogotá Positiva: para vivir mejor” y una de las nueve Herramientas para la Vida “Bachillerato para la universidad y la Vida” cuenta con becas permanentes ofrecidas por la Fundación Universidad de América y Universidad Libre de Colombia para cursar programas universitarios; además, ofrece becas para estudiantes que quieran cursar sus estudios en el Colegio de la Universidad Libre de Colombia.
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ESTUDIANTES
Cronograma y requisitos de renovación - Primer semestre 2008 -
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