JORNADA FIN DE SEMANA
De conformidad con las normas anteriores transcritas, para que un establecimiento educativo, pueda ofrecer programas de educación de adultos debe tener reconocimiento oficial o licencia de funcionamiento, ofrecer un proyecto educativo institucional para que sea adaptado u oficializado y disponer de una estructura administrativa, planta física y medios adecuados.
Por lo tanto, es competencia de las Secretarías de Educación en su jurisdicción velar no solo por el cumplimiento de los requisitos establecidos en las normas , sino también por la calidad de la educación que brindan estas instituciones educativas. Solamente las Secretarías de Educación Departamentales o Distritales dentro de su jurisdicción, podrán conceder el reconocimiento de carácter oficial o licencia de funcionamiento a las instituciones educativas.
Los Ciclos Lectivos Especiales Integrados son unidades curriculares estructuradas, equivalentes a determinados grados de educación formal regular ; constituidos por objetivos y contenidos pertinentes, debidamente seleccionados e integrados de manera secuencial para la consecuencia de los logros establecidos en el respectivo PEI. En consecuencia un Ciclo Especial Integrado no es un agregado de grados para ser desarrollados atropelladamente a razón de uno por trimestre como viene dándose en algunas instituciones.