FORMATO DESISTIMIENTO REFRIGERIO

RESOLUCIÓN No. 0003 DEL 07 DE ENERO 2026 “Por la cual se establecen los Lineamientos Técnicos – Administrativos, los Estándares y las Condiciones Mínimas del Programa de Alimentación Escolar – PAE”

.RESOLUCIÓN No. 0003 DEL 07 DE ENERO 2026 “Por la cual se establecen los Lineamientos Técnicos – Administrativos, los Estándares y las Condiciones Mínimas del Programa de Alimentación Escolar – PAE” Artículo 4. Beneficiarios del programa. Los beneficiarios del PAE son la población de Niñas, Niños, Adolescentes y Jóvenes - NNAJ matriculada en el sistema educativo oficial desde el segundo ciclo de la educación inicial hasta la educación básica y media. Parágrafo: La familia o personas cuidadoras del estudiante beneficiario podrán voluntariamente manifestar el desistimiento a ser atendidos en el PAE, el cual deberá presentarse por escrito ante la institución educativa en el formato definido por la UApA. Así mismo, la familia o persona cuidadora del estudiante podrá solicitar la vinculación de nuevo al Programa cuando lo considere.
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